UNICO: Se acuerda fijar un plazo  de  SESENTA (60) DÍAS, de conformidad con lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de que la  Fiscal  52° del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, presente el acto conclusivo correspondiente en la causa seguida al ciudadano  RAMIREZ TORREALBA LUIS MIGUEL,  visto  que el Ministerio Público es el  único legitimado para ejercer la acción  penal,   concluyendo dicho  lapso el día  09 de Septiembre de 2007.   La presente audiencia concluye siendo las 11:29 horas de la mañana. Se deja constancia que con la lectura y firma de la presente acta las partes quedan notificadas de todo lo aquí decidido, de conformidad con lo previsto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. ES TODO. TERMINO, SE LEYÓ Y CONFORMES FIRMAN.-