UNICO: Se acuerda fijar un plazo de SESENTA (60) DÍAS, de conformidad con lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de que la Fiscal 52° del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, presente el acto conclusivo correspondiente en la causa seguida al ciudadano RAMIREZ TORREALBA LUIS MIGUEL, visto que el Ministerio Público es el único legitimado para ejercer la acción penal, concluyendo dicho lapso el día 09 de Septiembre de 2007. La presente audiencia concluye siendo las 11:29 horas de la mañana. Se deja constancia que con la lectura y firma de la presente acta las partes quedan notificadas de todo lo aquí decidido, de conformidad con lo previsto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. ES TODO. TERMINO, SE LEYÓ Y CONFORMES FIRMAN.-