DISPOSITIVA
		Por todo lo anteriormente planteado, este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de  Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en atención  de las atribuciones que le confiere el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano PALMA  ELVIS  JOSÉ,  ampliamente identificado en el expediente portador de la Cédula de Identidad N°: V-15.199.626,  ello en virtud de haber cumplido a cabalidad con la  Sujeción a la Vigilancia por la Autoridad Civil, a que se contrae el artículo 13 y artículo 22 ambos del Código Penal vigente  y consecuencialmente se le EXTINGUE TODA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, en el presente caso, a tenor de lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal vigente. Así se decreta.-