Dispositiva
En mérito a las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL de Primera Instancia en funciones de Control No. 01 de la Sección de Responsabilidad Penal de adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los siguientes términos: PRIMERO: Se acuerda la aprehensión en flagrancia del adolescente IDENTIDAD OMITIDA,anteriormente identificado, por su presunta participación en la perpetración del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 5 y 6 sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor. Se ordena la continuación por el procedimiento abreviado, de conformidad con lo establecido en el artículo 553 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y de Adolescentes y 373 del COPP. SEGUNDO: Por considerar que están llenos los extremos del articulo 581 en concordancia con los artículos 250 y 251 del COPP, especialmente la entidad del delito, el peli.....