Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, declara:
1. HOMOLOGADO la transacción judicial realizada en fecha 12 de diciembre de 2006, mediante escrito de acuerdo de transacción judicial por una parte el abogado CESAR PARIS MEDRANO, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el Nro.55.295, en su carácter Síndico Procurador del Municipio los Guayos del Estado Carabobo, parte recurrida y por la otra la ciudadana EGLE CORONEL DEL MALDONADO, titular de la cédula de identidad Nº V-3.446.509, debidamente asistido por la abogada en ejercicio CELENE ALFONZO, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 17.627, parte demandante, a los fines de poner fin al juicio, el Municipio los Guayos del Estado Carabobo convino cancelarle a la ciudadana EGLE CORONEL.....