EXPEDIENTE Nº AP42-G-2014-000172: Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Nacional Segundo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: la PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL de la parte demandante, y en consecuencia, la EXTINCIÓN DEL PROCESO en la presente Demanda de Nulidad interpuesta Conjuntamente con Medida Cautelar Innominada de Suspensión de Efectos. Publíquese y regístrese la presente decisión. Archívese el expediente. Déjese copia de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado.