Por las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA, EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de ampliación presentada por el abogado MAXIMO FEBRES SISO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 33.335, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JUAN CARLOS MALDONADO BERMUDEZ.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaración, se amplia la decisión emitida por este tribunal en fecha 26 de junio de 2025, en la presente causa, y en consecuencia en la parte dispositiva de la misma deberá leerse: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO efectuado por los ciudadanos ARTURO MARTINEZ JIMENEZ y SCARLETT NICOLL RIVAS ROMERO, del procedimiento en cuanto a la codemandada REPUBLIC INTERNACIONAL BANK, N.V., y de la acción con respecto el ciudadano JU.....