declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos Eli Samuel Parra Coronel, Jairo Enrique Urdaneta Romero, Carlos José García Villegas y Rafael José Peraza Sánchez, venezolanos, mayores de edad, de éste domicilio y titulares de la cédula de identidad Nros. 7.306.495, 4.064.910, 10.773.999, 11.262.013 respectivamente, contra la empresa Distribuidora Cervecera del Centro C.A.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por ser los trabajadores los débiles económicos en la relación jurídica que motivó la demanda y porque son los órganos jurisdiccionales los medios con que cuentan éstos para hacer valer sus derechos e intereses, así aceptado por la doctrina reiterada por los Tribunales de Primera y Segunda Instancia del Trabajo.