PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de Regulación de Competencia formulada en fecha 02 de julio de 2015, por la ciudadana abogada JOHANY PÉREZ CORDERO, actuando en su carácter de co-apoderada judicial de la parte demandante, BANCO DEL TESORO, C. A., BANCO UNIVERSAL. Y así se decide.
SEGUNDO: Se confirma en todas y cada una de sus partes, la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 18 de junio de 2015. Y así se decide.
TERCERO: Competente territorial, material y funcional para conocer, sustanciar y decidir del presente juicio al JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la ciudad de Maracaibo, conforme al principio constitucional del "Juez Natural" y al "Principio de Inmediación del Juez Agrario". Dicha competencia es atribuida, en función a la Resolución de la Sala Plena de nuestro Máximo Tribunal Número 2007-0048, de fecha 2.....