Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se declara el DECAIMIENTO DEL PROCESO y de la apelación de la accionante —por pérdida del interés procesal— en el juicio y LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN, en la causa que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO incoara la asociación civil LA MARALLA en contra de la sociedad mercantil PROYECTOS DINÁMICOS EL MORRO C.A., todos identificados ab-initio;
SEGUNDO: Como consecuencia del decaimiento y extinción de la acción, igual suerte corren las decisiones interlocutorias o determinaciones accesorias que hubiesen sido dictadas en el proceso;
TERCERO: Dada la naturaleza de la presente decisión no se imponen costas.