Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Prescripción de la acción y SIN LUGAR demanda por Cobro de Prestaciones Sociales incoada por el ciudadano FERMIN OCTAVIO JIMENEZ MARTINEZ, contra la sociedad mercantil TRANSPORTE GUSS 108, C.A., plenamente identificados en autos. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.