Observa este juzgador, que las demandadas solidariamente MEGAN TRANSPORTES, C.A., COOPERATIVA DE TRANSPORTE MEGAN 2007, R.L. e INVERSIONES 1000 CARGA COMPAÑÍA ANONIMA, fueron notificadas primariamente en fechas 01 de Agosto de 2013, certicándose las resultas por secretaria en fecha 30 de Septiembre de 2013, respectivamente, según se evidencia de las actuaciones que corren insertas a los folios 20, 23 y 26 del presente asunto. Sin embargo, revisado el documento constitutivo estatutario de la empresa INVERSIONES 1000 CARGA COMPAÑÍA ANONIMA, el cual el solicitante consignó conjuntamente con su escrito, se observa que tanto el domicilio de la empresa como la representación legal de la misma son totalmente diferentes al domicilio y a la persona en que fue practicada, circunstancia esta que nos induciría a violentar el Derecho a la defensa que tiene todo demandado a estar enterado que en su contra existe una demanda; En tal sentido y a objeto de garantizar la seguridad jurídica a las parte.....