1.- INCOMPETENTE para conocer la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con medida cautelar por los abogados Alberto Villamizar, Richard Monasterio, Jacqueline Monasterio y Marly Chacon, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 107.148, 81.696, 75.338 y 178.120, actuando en su carácter de representantes judiciales del ciudadano NICOLA BOCCHIO ROSATO, de nacionalidad Italiana, con cédula de identidad N° E-883.126, contra el acto administrativo contenido en el Memorando N° 00000054 suscrito en fecha 03 de agosto de 2021, por el Coordinador de Registro y Aplicación de Medidas de Migración, del SERVICIO ADMINISTRATIVO DE IDENTIFICACIÓN, MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA (SAIME).
2.- DECLINA la competencia a los Juzgados Nacionales Contenciosos Administrativos de la Región Capital, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 numeral 3 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
3.- ORDENA remitir mediante oficio inmediatamente el p.....