PRIMERO: ADMITIR el recurso de apelación de autos presentado por la Abg. América Elena Borjas Quintero, Defensora Pública Décima Tercera Penal Ordinario adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del estado Zulia, actuando en su condición de defensora del ciudadano Ángelo de Jesús Luengo Morillo, plenamente identificado en las actas, dirigido a impugnar la decisión No. 572-22 dictada en fecha 17.08.2022 por el Juzgado Sexto (6°) de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control con Competencia Funcional Municipal del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el numeral 4 del artículo 439 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ADMITIR las pruebas promovidas por la parte recurrente, en virtud de que se tratan de pruebas documentales cuya utilidad, necesidad, legalidad, licitud y pertinencia pueden ser corroboradas directamente cuando se resuelva el presente recurso, no obstante, al tratarse de pruebas documentales y por ser de mero derec.....