Se ordenó el Enjuiciamiento y de conformidad con lo previsto en el artículo 581, literales b y c de la Ley orgánica para la protección del Niño y del Adolescente, revoca la medida de detención preventiva que pesaba en contra de los acusados y en su lugar ACUERDA IMPONER LA MEDIDA CAUTELAR DE PRISION PREVENTIVA PARA ASEGURAR LA COMPARECENCIA AL JUICIO ORAL Y PRIVADO de los adolescentes,