Por las razones anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Tercero Agrario en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de inadmisibilidad del presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad planteado por el apoderado judicial de la parte demandada, abogado Freddy Useche Arrieta. En consecuencia, SE DECLARA NULO Y SIN EFECTO la admisión del presente recurso y SE DECLARA INADMISIBLE el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por la ciudadana Omaira Bastidas contra la decisión dictada por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras en sesión N° 109-07, de fecha 26 de enero de 2007, con Punto de Cuenta N° 125. SE DECLARA: válidos y con todos sus efectos jurídicos, el actos administrativo dictado por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras en la sesión Nº 109-07, de fecha 16 de enero 2007, Punto de Cuenta Nº 125.