En consecuencia esta Sala Nº 01 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara ADMITIDO el presente recurso, interpuesto por la defensora Pública Abogada ORLAIMAR VARDERRAMA, y defensora de los derechos y garantías de los imputados ALEXANDER DE JESUS CASTILLO BRACAMONTE Y ROSSY GEORGINA URDANETA GONZALEZ, contra la decisión dicta en audiencia de presentación de imputados celebrada el 20 de Noviembre de 2014 y motivada en Auto dictado en fecha 21 de Noviembre de 2015, por el Tribunal de Primera Instancia Función de Control Nº 09 de este Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, mediante el cual decreto MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a los mencionados ciudadanos, en la actuación GP01-P-2014-015555, por la presunta comisión de delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal y adicionalmente el .....