´Sobre la base de los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, convalida las decisiones de las partes acordadas en el documento otorgado por ante la Notaría Pública Séptima de Caracas, Municipio Libertador, en fecha 13 de mayo de 2021, número 3, Tomo 24, folios 12 al 15 y en consecuencia, se tiene con autoridad de COSA JUZGADA, se da por terminado el juicio. Se acuerda expedir copia certificada del documento antes referido y de esta decisión, para su respectiva protocolización por ante la oficina de Registro Público del Primer Circuito del Municipio Valencia del estado Carabobo.´