DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 21 de mayo de 2025, por la abogada, YOLANDA CACERES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 203.765 en su carácter de defensora Ad-Litem de la parte demandada y la apelación ejercida el 09 de junio de 2025 por el abogado ROGELIO TOSTA FARACO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.902 en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, contra la sentencia dictada en fecha 07 de abril de 2025, por el Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medida de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, y San Diego de la Circunscripción Judicial de Estado Carabobo. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia definitiva de fecha 07 de abril de 2025, por el Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios .....