Por todo lo expuesto, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley se declara Improcedente la solicitud de pronunciamiento de este Tribunal sobre la declinatoria de competencia, realizada por el Tribunal de Ejecución de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy; y se ordena la remisión de las actuaciones a ese Tribunal, como efecto de la declinatoria de competencia realizada en fecha 05 de octubre de 2004.