Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA mediante la cual se declaró CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 03 de junio de 2008, por la ciudadana Zeusen Josefina Baldallo, debidamente asistida por la abogada Carmen Suárez de Vivas, contra la sentencia dictada en fecha 27 de mayo de 2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el juicio por cobro de bolívares, vía intimación, intentado por la abogada Zulennys Nohemí Hernández Timaure, en su condición de endosataria en procuración del ciudadano Luís Enrique Rotundo Rincón, contra la ciudadana Zeusen Josefina Baldallo. En consecuencia, se declaró la nulidad de la decisión dictada y se repuso la causa al estado en que se encontraba para el día 27 de mayo de 2008. QUEDO ASI ANULADA la sentencia apelada. No hay condenatoria en costas procesales.