Seguidamente el tribunal deja constancia de la negativa de la empresa al reenganche del trabajador y la negativa de pagar los salarios caídos que le corresponden, en consecuencia este tribunal ordena remitir las actuaciones a su tribunal de causa para que sea quien resuelva la controversia planteada, declarando cumplida su misión, deja expresa constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, garantizando los derechos y garantías constitucionales de las personas, y que el mismo regrese a su sede siendo las 3:30 de la tarde, es todo, termino, se leyó y conformes firman.