En base a las consideraciones que preceden, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Juicio Nº 3, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara: PRIMERO: a los ciudadanos JESUS ALBERTO RODRIGUEZ SANCHEZ CI 22.274.794, EDUARDO LUIS GOMEZ PACHECO CI 24.399.456 CULPABLE Y RESPONSABLE del delito de EXTORSION en grado de complicidad previsto y sancionado en el artículo 16 y 11de la Ley contra el Secuestro y la Extorsión, y en consecuencia lo condena a una pena de CINCO (05) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION , mas las penas accesorias de ley previstas en el artículo 13 del Código Penal, SEGUNDO; Se les exonera del pago de costas procesales de conformidad con el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela TERCERO: una vez quede firme la misma remítase el presente asusto al Tribunal de Ejecución, e igualmente copia certificada de la decisión a la División de Antec.....