(...) DECLARA: INADMISIBLE, el recurso de nulidad interpuesto por los abogados MANUEL ANDRÉS ROMERO AMPARAN y RAFAEL ANTONIO FUGUET ALBA, , actuando en su carácter de apoderados judiciales de la entidad de trabajo DIGA CENTRO DE LLAMADAS 2021, C.A., en contra de la providencia administrativa N° 07-2014, de fecha veintisiete (27) de mayo de 2014, tramitada por la Inspectoría del Trabajo Miranda Este del Área Metropolitana de Caracas, notificada en fecha diecisiete (17) de julio de 2014, que declaró que la entidad de trabajo DIGA CENTRO DE LLAMADAS 2021, C.A., debe discutir el proyecto de convención colectiva presentado por el SINDICATO ÚNICO IRENARCA SOCIALISTA DE TRABAJADORES DE ATENCIÓN TELEFÓNICA DE VENEZUELA, S.A. (SUIRESTAT DE VENEZUELA) presentado en fecha veintiséis (26) de agosto de 2013.
No hay condenatoria en costas.
Se ordena la notificación de la parte actora de la presente decisión en vista que esta siendo dictada fuera del lapso de su publicación.
De conformidad .....