Este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control No. 9 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR LA SOLICITUD DE ENTREGA DE VEHICULO, presentada por la Dra. JANETH JOSEFINA REYES VASQUEZ de conformidad con lo previsto en los artículos 311 y 312 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de los argumentos esgrimidos en la presente decisión.-