PRIMERO: ANULA DE OFICIO la sentencia condenatoria dictada en fecha 30/10/03 y publicada en fecha 06/11/03, por la Sala Segunda de Juicio de Primera Instancia de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, constituido en forma Unipersonal, en el Procedimiento por Admisión de los Hechos, dejando a salvo la Acusación Fiscal presentada y se ordena la celebración de una nueva audiencia oral y reservada ante otro Tribunal de Juicio de la Sección Adolescentes, constituidos con Escabinos a los fines que dicte la decisión que corresponda. SEGUNDO: Se decreta la Medida Cautelar prevista en el Literal a) del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, relativa a la DETENCIÓN del adolescente (se omite), en su residencia ubicada en el Sector (se omite), en custodia permanente y bajo la vigilancia de un funcionario policial adscrito a la Policía Regional del Estado Zulia, quien será apostado en esa residencia hasta tanto el juez que cono.....