DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Nueve de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara la NULIDAD ABSOLUTA de la decisión dictada el 08 de agosto de 2007, por el Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó el sobreseimiento de la causa seguida en contra de los ciudadanos CÁRDENAS ALICIA CAROLINA y NELSON ENRIQUE ESPAÑA, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se ordena la celebración de una nueva audiencia preliminar ante un Juzgado de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, distinto al que emitió la decisión anulada, todo en atención a lo dispuesto en los artículos 173, 190, 191, 195 y 196, todos del Código .....