Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA, mediante la cual se declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 17 de julio de 2006, por la abogada LUZ MARINA PEÑARANDA, en su carácter de apoderada de la parte actora, contra la sentencia del 12 de julio de 2006, proferida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara, se DECLARO INADMISIBLE la demanda por indemnización y reparación, daños y perjuicios patrimoniales y daños morales, interpuesta por el ciudadano CARLOS CAMACARO RONDON, contra los ciudadanos ARNOLDO MACARIO MELENDEZ RODRIGUEZ y JORGE JOSE MELENDEZ MOGOLLON. En consecuencia, SE REPUSO la causa al estado en que se encontraba para el día 02 de noviembre de 2000, y se declaró la nulidad de todas las actuaciones realizadas con posterioridad a dicho auto. Quedó asi ANULADA la sentencia apelada. No hay condenatoria en costas, y se ordenó NOTIFICAR a las partes la presente decisión.