MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por DESALOJO fue intentada por la ciudadana ORAIMA JOSEFINA VILLALOBOS MORILLO, contra el ciudadano ORLANDO JOSÉ CHACÍN RINCON, ambas partes plenamente identificadas en el encabezamiento de la presente sentencia.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ordena el desalojo del bien inmueble constituido por una casa edificada sobre una extensión de terreno propio, ubicada en el Barrio El Gaitero, calle 125, N° 67A-83, sector Zona Industrial, en Jurisdicción de la Parroquia Luis Hurtado Higuera del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, totalmente desocupado de bienes muebles y personas, solvente con todos los servicios públicos si estuviese moroso y en el mismo estado conservación y uso en que lo recibió.
TERCERO: Se l.....