"...este Tribunal ordena que se haga nuevamente el nombramiento de expertos distintos a los nombrados con anterioridad por las partes, el segundo día de despacho a partir de la publicación del presente auto y una vez nombrados se procederá a la juramentación al tercer día luego del nombramiento, teniendo a su vez los expertos tres días de despacho luego de su juramentación para participar el inicio de la experticia, para lo cual el Tribunal fija nuevamente 30 días de despacho."