En merito de lo anterior, éste Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1. Se ADMITE el presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto conjuntamente con Acción de Amparo Cautelar, por la abogada GIOVANNA GUZMAN SIGUENZA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 101.842, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana CARMEN MILAGROS LIBERON PEREIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 6.835.079, contra el Acto Administrativo contenido en el Decreto N° 04-2008, publicado en Gaceta Municipal del Municipio Páez del Estado Bolivariano de Miranda N° 39-08, de fecha 16 de Diciembre de 2008, dictado por el Alcalde del Municipio Páez del Estado Miranda, ciudadano JESUS AGUSTÍN MONTEROLA PEÑA. Procédase a la citación del Síndico Procurador Municipal de la Alcaldía del Municipio Páez del Estado Bolivari.....