Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Revoca de Oficio, el Beneficio de Libertad Provisional bajo Fianza acordada al ciudadano SALVADOR JOSE SOSA MORENO, de nacionalidad venezolana, natural de Boyacá, Republica de Colombia, de fecha de nacimiento 14/10/1948, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° 16.166.390, residenciado en la Distribuidora y Licorería "Sosa", ubicada en el Parcelamiento El Paraíso, Municipio Colón del Estado Zulia, en fecha 12 de Diciembre de 1996, por cuanto falseo la dirección aportada, o no la ha actualizado, presumiéndose en consecuencia, el peligro de fuga. En tal sentido, se ordena la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano SALVADOR JOSE SOSA MORENO, q.....