Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INJUSTIFICADO EL DESPIDO, y en consecuencia, CON LUGAR la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos incoada por el ciudadano FRANK CHIVICO, contra la FUNDACIÓN LABORATORIO NACIONAL DE HIDRAULICA Y OTRA, por estabilidad laboral. En consecuencia, se condena al demandado al reenganche del demandante a su puesto de trabajo, con el pago de los salarios dejados de percibir a razón de un salario normal diario de Bs. 121,14, calculados desde la notificación del demandado en el presente juicio hasta la efectiva reincorporación de la demandante, para lo cual se ordena experticia complementaria del fallo a cargo de un solo experto contable designado por el Tribunal al que corresponda la ejecución.
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