Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la querella funcionarial por pago de los intereses de mora de prestaciones sociales interpuesta por el ciudadano EULOGIO ORLANDO ROSALES SALAS, asistido por el abogado MANUEL DE JESÚS DOMÍNGUEZ, ya identificados ut supra, contra el Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia, y en consecuencia:
PRIMERO: se ORDENA al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia pagarle al querellante los intereses moratorios causados por el retardo en el pago de sus prestaciones sociales, ello es desde el día 12 de mayo de 2008 (fecha de la consignación de la Declaración de Patrimonio Jurada), hasta la fecha del efectivo pago de las prestaciones sociales (20 de julio de 2011).
SEGUNDO: A los fines de determinar con toda precisión el monto a pagar al querellante, se ordena practicar experticia complementaria del fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Se .....