Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes administrando justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Únicos y Universales Herederos del causante Orlando Rafael Hernández, venezolano, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-5.918.690, tal como se evidencia en el acta de defunción que riela al folio y tres (03) de autos, a los ciudadanos Bettzy Karina Hernández Zavarce, Elvis José Hernández Zavarce, Orlannys Del Carmen Hernández Zavarce y al adolescente (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), quienes como tales concurrirán a la herencia dejada por el de cujus, dejando a salvo los derechos de terceros de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.