este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, actuando con la competencia atribuida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. PRIMERO:SIN LUGAR el Recurso de Nulidad conjuntamente con pretensión de Amparo Cautelar, interpuesto por el por el ciudadano OSWALDO EMILIO CARTAYA ALMENAR titular de la cédula de identidad N° V-4.130.581 en su condición de Gerente General de la Sociedad de Comercio FABRICA DE CABLES TINAQUILLO, C.A, (FACATI, C.A.) anteriormente identificada, asistido por los abogados en ejercicio Héctor Gamez, José Pinto y Guaila Rivero inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 2.759, 22.255 y 35.290 respectivamente, contra el Procedimiento de Rescate Nº P.R-SM-01/2018, de fecha veintiséis (26) de diciembre de 2018, ACUERDO Nº 138/2018,de fecha catorce (14) de diciembre de 2018, ACUERDO Nº029/2019, de fecha veinticinco (25) d.....