Se constituyó el Tribunal en un inmueble constituido por un Local Comercial situado en la Avenida Díaz Moreno, cruce con Calle 24 de Junio, Edificio Torre Hércules Local N° 8, Parroquia Candelaria Municipio Valencia del Estado Carabobo, donde funciona la Sociedad de Comercio Inversiones Fuente Salud, C.A., en compañía de los Abogados FANNY GARCIA de GIGLIOLI Y JULIO BACALAO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 49.970 y 24.216, respectivamente, en su carácter de Apoderados Judiciales de Inversiones Pamar, C.A., a fin de practicar las medidas de Secuestro y Embargo Preventivo decretadas por el comitente. Presente la ciudadana ALEIDA COROMOTO PACHECO PACHECO, titular de la Cédula de Identidad N° 14.713.871, quien manifestó ser la Secretaria de la Sociedad. Presente el demandado JOSE DE JESUS NAVAS, hizo entrega del inmueble a la parte actora. No se practicó el embargo preventivo a solicitud de la parte actora.