En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadano JUAN DE LA CRUZ GARCIA, identificado en autos en contra del ciudadano ARMANDO JOSE STOLK
SEGUNDO: Se ordena al ciudadano ARMANDO JOSE STOLK y al ciudadano DANIEL VASQUEZ que pague al ciudadano JUAN DE LA CRUZ GARCIA identificado en autos la cantidad de DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 18.952,00). Se concede la indexación judicial sobre los montos reclamados y condenados por prestación de antigüedad y sus intereses, los cuales se calcularan desde la fecha en que termino la relación de trabajo. Y para el resto de los conceptos condenados (vacaciones y utilidades) se concede la indexación,.....