En este estado este Juzgado Ejecutor de Medidas en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y con la Autoridad que le confiere la Ley, procede hacer la Entrega Formal y Material del inmueble identificado en el Mandamiento de Ejecución; se deja constancia de que se deja libre de bienes y personas y que se hicieron cambio de cerradura en la puerta de acceso al inmueble y que las llaves del mismo se dejaron en manos de la parte actora. Se deja constancia de que se le adeuda al Delegado de la Depositaria y al Perito Inventariador la cantidad de Doscientos Mil Bolívares exactos (Bs. 200.000) a cada uno por cinco (05) horas de labor prestada. Siendo las 2:35 pm., se ordena el regreso del Tribunal a su sede de origen