Por todo lo antes expuesto, éste Juzgador observa que efectivamente, la parte actora omitió lo concerniente a los datos y explicaciones necesarias cuando se trate de derechos u objetos incorporales; así como también una relación clara y precisa de los hechos y fundamentos de derecho en que se basa la pretensión; por lo cual dicha cuestión previa debe declararse PROCEDENTE. -----------------------------------------------------------
Regístrese y publíquese.-----------------------------------------------------------
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del JUZGADO CUARTO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto, a los doce (12) días del mes de Mayo de 2006. Años: 196º y 147º.
El Juez,
Dr. RAMON EDUARDO FONSECA RIERA.
La Secretaria,
Dra. NATALI.....