V
DECISIÓN
Por las razones expresadas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1) PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por el ciudadano Guillermo J. Parra E., actuando en su carácter de Propietario de la firma personal DIRADCA, admitido por este tribunal el 15 de abril de 2008, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº GRTI-RCE-DFD-2006-05-DF-PEC-084 del 29 de marzo de 2006, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE LA ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), mediante la cual determinó que la contribuyente: 1) no exhibió en un lugar visible del establecimiento, el comprobante de la declaración de rentas del año 2005, 2) no llevó los resúmenes del Libro de Compras y de Ventas del Impuesto al Valor Agregado para los periodos desde marzo 2005 a marzo 2006 (ambos inclus.....