DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se DECLARA CON LUGAR el Recurso de Apelación incoado por los Abogados NÉSTOR LUIS CASTELLANO MOLERO, DIEGO ERNESTO MALDONADO MARÍN y CARLA CATALINA FERREIRA FERNÁNDEZ, en el carácter de Fiscal Principal y Auxiliar Trigésimo Cuarto (34°) del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena y Fiscal Centésimo Vigésimo Sexto (126°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas respectivamente; y en consecuencia se decreta la NULIDAD ABSOLUTA de la Audiencia Preliminar celebrada el 09 de marzo de 2009, por el Juzgado Cuadragésimo Octavo de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, y de los actos consecutivos que del mismo emanaren o dependieren, todo de conformida.....