Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada recurrente en contra de la decisión de  fecha 06/04/2009 dictada del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial de Trabajo del Área metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se Modifica la decisión apelada. TERCERO: Se condena a la demanda a cancelar a la actora los siguientes conceptos y montos: Antigüedad, la cantidad de BsF.  26.685,9, vacaciones 2007-2008, la cantidad de  BsF. 7.500; utilidades 2007-2008, la cantidad de BsF. 30.000; bono vacacional 2007-2008, la cantidad de BsF. 3.500. En cuanto a los intereses sobre: prestaciones sociales, intereses de mora e indexación, serán calculadas por el experto designado de .....