DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Nueve de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1. Declara INADMISIBLE el recurso de apelación ejercido el 16 de mayo de 2006, por los abogados RAÚL EDUARDO SAAVEDRA CAMPOS y LUISA LÓPEZ VILLAROEL, en su carácter de defensores de la ciudadana THANIA GABRIELA DUQUE MARÍN, contra la decisión dictada el 9 de mayo de 2006, por el Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, en el acto de audiencia preliminar.
2. Declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto el 16 de mayo de 2006, por los abogados ADRIANA GÓMEZ RAMÍREZ y HARVEY GUTIERREZ RODRÍGUEZ, en su carácter de Fiscales Principal y Auxiliar de la Fiscalía Centésima Primera del Ministerio Público del Área M.....