Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE por falta de cualidad o interés de la recurrente, el recurso contencioso tributario interpuesto en fecha 18 de agosto de 2003, por el ciudadano EDINSON CRISTOPHER BARANDICA MORALES, titular de la cédula de identidad N° E-82.200.615, actuando en representación de la contribuyente DECO GRANITOS, C.A. En consecuencia, se CONFIRMA la Resolución identificada con las siglas y números GRLL-DJT-RJ-2003-0103-0309 de fecha 08 de diciembre de 2003, emitida por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Los Llanos, adscrita al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), la cual determinó una multa, por la suma de TRESCIENTOS SETENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 370.000,00).