Por las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la querella interpuesta, por la Abogado ALEXIS PINTO D´ASCOLI, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano ERNESTO JOSÉ JÍMENEZ MOLINA, antes identificados contra el MINISTERIO DE LA DEFENSA hoy MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA, de conformidad con lo establecido en el artículo 19.6 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Notifíquese la presente decisión a la Procuraduría General de la República y al Ministro del Poder Popular para la Defensa, debiendo la parte interesada aportar los respectivos fotostatos.