Esta Corte declaró: 1.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por los abogados Mariana Amparan, Hernando Diaz Candía, Bernardo Weininger, Arghemar Perez Sanguinetti y Giancarlo Henriquez M., actuando en representación de la sociedad mercantil COMPAGNIE NATIONALE AIR FRANCE, contra la Resolución N° SPPLC/0020-2008 dictada en fecha 3 de noviembre de 2008 por la SUPERINTENDENCIA PARA LA PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE LA LIBRE COMPETENCIA. 2.- ANULA PARCIALMENTE el acto administrativo impugnado, sólo en lo que respecta a la culpabilidad decretada por comisión de la práctica anticompetitiva prevista en el artículo 10 ordinal 1º de la Ley para Promover y Proteger el Ejercicio de la Libre Competencia, específicamente, en cuanto a las comercialización y distribución de boletos aéreos directo con destinos Caracas-París. 3.- CONFIRMA el contenido del acto administrativo impugnado en cada uno de su.....