DECRETA EL COMPUTO DE LA SANCIÓN impuesta al adolescente (identidad omitida), teniendo un total de sanción cumplida de veintidós (22) días y cinco (05) horas, faltándole por cumplir un (01) año, once (11) meses, siete (07) días y diecinueve (19) horas finalizando dicha Sanción el día (19/06/2006), a las (07:00 PM), según los fundamentos antes expuestos. Se fija como fecha para la lectura del presente computo el día catorce (14) del corriente mes y año, a las nueve (09:00 AM), para tal efecto líbrense boletas de notificación a las partes y boleta de traslado para el adolescente. Remítase copia de la presente decisión al Instituto Nacional del Menor Seccional Mérida (INAM) a los fines de ser agregados al expediente llevado por esa institución de conformidad con el artículo 640 de la ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente. Diarícese, regístrese y cúmplase
LA JUEZ PROFESIONAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
MIRNA EGLE MARQUINA
LA SECRETARIA.....