Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la querella interpuesta por el ciudadano DANIEL ALBERTO MENDOZA, titular de la cédula de identidad Nº 12.716.304, representado por las abogadas KEILA LUCIA PÉREZ RODRÍGUEZ y NERVIS HERNÁNDEZ, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 52.358 y 76.996, respectivamente, contra el INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA Y CIRCULACIÓN DEL ESTADO VARGAS.