En razón de lo expuesto, la Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, DECLARA INADMISIBLE POR EXTEMPORANEO recurso de apelación interpuesto el 5 de junio de 2007, por la abogada Xiomara Terán Rosario, apoderada judicial del ciudadano Ángel Octavio Cárdenas, contra la decisión dictada el 18 de mayo del año que discurre, por el Juzgado Quincuagésimo Segundo (52°) de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual negó la entrega del vehículo: Marca Encava, modelo 1987, año 1987, color crema y multicolor, uso transporte público, clase minibús, serial carrocería 1297251035, serial de motor 44844, placas AC6372.