En consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO del procedimiento efectuado por la parte demandante ASOCIACIÓN CIVIL ESCAMPADERO VII antes identificada, en fecha 1 de julio 2010, en los términos contenidos en el mismo, en el juicio que por Resolución de Contrato, sigue la Asociación civil Escampadero VII, contra la ciudadana ARACELIS DEL CARMEN PÉREZ, .
Finalmente, el desistimiento ejercido en los límites señalados, extingue la instancia, de conformidad con lo previsto en el artículo 266 del citado cuerpo legal.
Asimismo en cuanto a la devolución de los originales, se acuerda la devolución de los documentos que rielan a los folios 25 y 26 del dejándose su lugar copias certificadas de conformidad con el artículo 11.....